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Decisiones del dia 01/02/2010 |
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N° Expediente :
KP01-D-2010-000100
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N° Sentencia :
S-N
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Fecha: 01/02/2010 |
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva |
Partes: FISCALIA DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO LARA, DEFENSOR PRIVADO, IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA,. |
Resumen:
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Declara con lugar la detención en flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Se acuerda seguir la causa por la vía del Procedimiento Abreviado a los fines de continuar con las respectivas investigaciones. TERCERO: Se acoge la precalificación fiscal por la comisión del delito de Robo Impropio en la Modalidad de Arrebatón, previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal. CUARTO: En cuanto a la medida de coerción solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público a la cual se adhirió la defensa, se impone las medidas cautelares previstas en el Artículo 582 literales "B" "C" y "F" del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, bajo el cuida.....
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Juez/Ponente:
Florangel Monasterio Moya
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A
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N° Expediente :
KP01-D-2010-000095
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N° Sentencia :
S-N
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Fecha: 01/02/2010 |
Procedimiento: Medida Cautelar Sustitutiva |
Partes: FISCALIA DECIMA OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO DEL ESTADO LARA, DEFENSOR PRIVADO, IMPUTADO IDENTIDAD OMITIDA,.VICTIMA. |
Resumen:
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, este Tribunal PRIMERO: Declara con lugar la detención en flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA Y IDENTIDAD OMITIDA . SEGUNDO: Se acuerda seguir la causa por la vía del procedimiento Abreviado. TERCERO: Se acoge la precalificación fiscal por la comisión del delito de Detentación de Armas y Municiones, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y el artículo 9 de la Ley de Armas y Explosivos. CUARTO: En cuanto a la medida de coerción solicitada por la Fiscalía del Ministerio Público, la cual solicitó la defensa, se impone las medidas cautelares previstas en el Artículo 582 literales "B" y "C" del Artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, bajo el cuidado de su representantes legal.....
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Juez/Ponente:
Florangel Monasterio Moya
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Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del L.O.P.N.A
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