esta Sala N° 01 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ADMITIDO el presente recurso, interpuesto por la Abogada YSAURA COROMOTO BETANCOURT ESCALONA, en su condición de Fiscal Décima Tercera del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del estado Carabobo; contra la decisión dictada en fecha 15 de Diciembre del 2015, por la Jueza Cuarta en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto signado bajo en N° GP01-P-2015-001339, seguida al ciudadano ANTONIO JOSE AGOSTA SANCHEZ, mediante la cual se acordó sustituir la Medida Judicial Privativa de Libertad que pesaba sobre el ciudadano en mención, por una Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad por vía de examen y revisión de Medida, causa que se sigue al mismo por la presunta comisión de los delitos de: ASOCIACION PARA DELINQUIR, previsto.....