DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, oídas las exposiciones de las Partes, así como la Admisión de Hechos por parte del Acusado y la no Oposición de la Representación Fiscal, este Tribunal de Control No. 04, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Acuerda a los acusados NORELIS JOSEFINA ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.035.282, ALEXIS ANTONIO ROJAS PEÑA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.773.673, RUBEN DARIO PINEDA ROSA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-23.850.606, la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, por el período de UN (01) AÑO de conformidad con el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, Y USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto en los artículo 277 del Código Penal, 7 de la Ley de Armas y explosivos; y 264 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, respe.....