Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Juzgado de Sustanciación, se pronunció sobre la admisibilidad del escrito de promoción de pruebas, consignado por el ciudadano FÉLIX ASCANIO PEÑA, parte demandante en el presente proceso, asistido por el abogado JOSÉ ANTONIO OCHOA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 67.254, presentado en la audiencia de juicio celebrada el 05 de octubre de 2016. Así como el escrito de oposición a las mismas de fecha 19 de octubre de 2016, presentado por el abogado BERNARDO PISANI RUÍZ, inscrito en el IPSA bajo el Nº 107.436, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ALFONZO RIVAS & CÍA., C.A., en su condición de tercero interesado en el presente proceso.