DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el 0rdinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 0rdinal 4° del Código Penal, en la causas seguida a los ciudadanos MODESTO LOPEZ, titular de la Caedla de Identidad N° 11646810, EVARISTO PINEDA, titular de la Cédula de Identidad N° 12.278.697, JESUS CRESPO, titular del a Cédula de Identidad N° 8.510.832 y MARIO LOPEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 10.855.202. Regístrese, notifíquese a las partes.