-III-
DECISIÓN
Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos RICHARD JOSE PEREA GARCIA y NORJELIS CAROLINA CARMONA BULLON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.440.329 y V-17.059.602, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 29 de agosto de 2009, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 08, del libro de matrimonios correspondiente al año 2009, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídans.....