En mérito a las anteriores consideraciones este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido en los Artículos 75 y 76 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículos 8, 5, 365, 366, 367 ,369 y 374 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, la demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN formulada por la ciudadana CLAUDIA VANESSA COLMENARES COLMENARES, en contra del ciudadano ALCIDES PEREZ, anteriormente identificado; en consecuencia.
PRIMERO: se modifica el acuerdo suscrito por las partes y homologado por el la extinta Sala de Juicio Nº 03 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente en fecha once (11) de mayo de 2010, causa Nº KP02-S-2009-001351,
SEGUNDO: Se establece como nue.....