Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO formulada por los ciudadanos: EDWIN JOSE HERNANDEZ y RAMINA MILOUR GOMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.827.261 y V-14.931.644, respectivamente, casados, cónyuges entre sí, domiciliados el primero en El Peñón, Segunda Entrada, calle La Florida, Sector Los Arbolitos, Casa S/N y la segunda en la Calle Principal, Sector Abajo, Casa S/N, Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 254 del Código Civil, declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL existente entre éstos nacido de acta de matrimonio Nº 09 de fecha 25-01-1999, por lo que una vez ejecutoriada la sentencia dictada, se acuerda oficiar lo conducente a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Pozuelo, Municipio Sotillo del Estado Anzoátegui, y al Regist.....