Decisiones del dia 02/07/2009 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP51-V-2009-007192  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0242009000811  
						  
						  Fecha: 02/07/2009  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En virtud de las observaciones anteriores, esta Sala de Juicio considera suficientemente probado lo alegado por la demandante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, este Despacho Judicial a cargo de la Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en lo preceptuado en el literal "i" parágrafo segundo del artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en concordancia con el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la presente demanda, por tratarse sólo de un error del número de cédula de identidad de la progenitora del niño de autos. En consecuencia, ORDENA al Funcionario Delegado por la Dirección del Hospital General del Oeste Dr. José Greg.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yumildre Castillo 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Sala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente