Esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por los Abogados Fraymar Hernández y José Nicolas Tirado, actuando con el carácter de Abogados sustitutos del Procurador General del estado Bolívar, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa del Estado Bolívar en fecha 15/04/2014 mediante la cual declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana PETRA DEYANIRA ZERPA DE FLORES, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLÍVAR. CON LUGAR la apelación ejercida. REVOCA la decisión apelada. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en consecuencia, se declaró: PROCEDENTE el pago de los intereses moratorios reclamados. IMPROCEDENTE el reintegro de la cantidad reclamada por la recurrente.