Por las razones antes expuestas, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la presente demanda de Rectificación de Acta de Defunción interpuesta por la ciudadana BERLYS NAILETH BARLIZA RIOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-15.805.809, debidamente asistida por la abogada ZEIMAR MARTINEZ, inscrita en el Inpreabogado con el Nro. 24.924 ya identificada, siéndolo en consecuencia el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien se ordena remitir con oficio el presente asunto. Cúmplase.