IV
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Apelación ejercida por la representación judicial de los ciudadanos ELVIO NEVES FERREIRA y FERNANDO PIRE, antes identificados, en contra de la empresa mercantil CONSTRUCTORA REINAMAR S.R.L., antes identificada.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la Querella Interdictal por Despojo interpuesta por la empresa mercantil CONSTRUCTORA REINAMAR S.R.L., en contra de los ciudadanos ELVIO NEVES FERREIRA y FERNANDO PIRE, anteriormente identificados.
TERCERO: Se condena a los querellados a restituir las bienhechurías y la parcela de terreno donde están enclavadas situadas en la autopista Florencio Jiménez, entre los kilómetros 11 y 12, Barrio la Concordia, al lado de los tanques del.....