/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado: VASQUEZ INOJOSA GILBERTO ANTONIO, venezolano, natural de Aguada Grande Municipio Crespo, Estado Lara, nació el día 06/05/1.963, de 46 años de edad, estado civil: soltero, grado de instrucción: 6º grado, de profesión u oficio: Comerciante, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.663.213 hijo de María Alejandrina Inojosa y Pablo de la cruz Vásquez, con ultimo domicilio en el callejón 2 y 3 S/N cerca del Club San Lorenzo, Barquisimeto, Estado Lara,, quien fuera condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 aparte 3 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y.....