Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en única instancia el presente recurso de invalidación interpuesto por la ciudadana Carmen Pirela López, titular de la cédula de identidad Nº 12.497.342, actuando en su condición de apoderada de la sociedad mercantil G & P DESARROLLO HUMANO C.A., inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 08 de diciembre del 2000, bajo el Nº 16, tomo 80-A Cto., asistida por el abogado Rubén Bastardo Saavedra, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.919, contra la sentencia definitiva dictada por este Juzgado Superior en fecha 17 de junio del 2010, de conformidad con el artículo .....