Esta Corte declara su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido por la abogada María de la Soledad Rodríguez, en fecha 14 de mayo de 2007, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte recurrida, contra la sentencia de fecha 7 de mayo de 2007, por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante la cual se declaró parcialmente con lugar el recurso interpuesto por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ANGELICA MARIA SANCHEZ LINARES, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO MIRANDA, CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, ANULA el fallo apelado, PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial, DECLARA la validez del acto administrativo contentivo de la revocatoria de nombramiento de la referida ciudadana recurrente, ORDENA el pago de los sueldos dejados de percibir. 01