Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado REYBER JOSÉ PIRE GUTIERREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.61.681, actuando en representación del ciudadano Edgar Alexander González Sánchez, parte actora, contra sentencia definitiva dictada por JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO IRBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 18/11/2009, En consecuencia,
Se anula la sentencia dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara, de fecha 18/11/2009.
Se repone la causa al estado de que el Tribunal que corresponda la sustanciación de la causa, libre oficio al (C.I.C.P.C), para que informe lo indicado por la parte actora en el escrito de promoción de pruebas y .....