Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACION DE ACTAS DE NACIMIENTO y ORDENA al PREFECTO DEL MUNICIPIO MORAN DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA a estampar la debida nota marginal en las actas de nacimientos insertas bajo el No. 301, 390, 1284, 301 y 963, respectivamente, correspondiente a los años 1957, 1960, 1961, 1964, y 1965 respectivamente, Ofíciese lo conducente a dichos organismos y remítase copia certificada de la presente decisión.