En mérito de las consideraciones precedentes este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. ROSA ISABEL REYES REBOLLEDO, actuando en su carácter de Jueza del Tribunal Superior Primero (1°) del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el asunto principal signado con el numero AP51-R-2006-010285, contentivo del Recurso de Hecho interpuesto por el Abogado JORGE ANYELO ARMAS, anteriormente identificado, apoderado judicial de los ciudadanos MILDRED COROMOTO LEZAMA DE SJOSTRAND y JORGE LUIS ELORTEGUI LEZAMA, plenamente identificados, c.....