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Decisiones del dia 03/06/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : KE01-X-2008-000146 N° Sentencia : KE01-X-2008-000146 Fecha: 03/06/2008
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL "LABORATORIO CLÍNICO ANALÍTICO BRICEÑO C.A." VS. INSPECTORIA DEL TRABAJO (PEDRO PASCUAL ABARCA) DEL ESTADO LARA
Resumen:
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la medida cautelar solicitada por la SOCIEDAD MERCANTIL "LABORATORIO CLÍNICO ANALÍTICO BRICEÑO C.A." representado judicialmente por el abogado DANNY PAUL ORTIZ, contra el la providencia administrativa Nº 984 de fecha 18 de enero del 2008, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO (PEDRO PASCUAL ABARCA) DEL ESTADO LARA. SEGUNDO: Se suspenden los efectos de la providencia administrativa Nº 984 de fecha 18 de enero del 2008, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO (PEDRO PASCUAL ABARCA) DEL ESTADO LARA, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente asunto, para lo cual se ordenar oficiar al Inspector y notificar al Sindicato beneficiado de la providencia administrativa aquí suspendida......
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KP02-R-2008-000260 N° Sentencia : KP02-R-2008-000260 Fecha: 03/06/2008
Procedimiento:
Cuestión Previa
Partes:
BLANCA OMAIRA SANQUIZ DE GAMEZ Y LUIS DOMINGO GAMEZ SHIRRIPA, VS.JUAN CARLOS USECHE GARCÍA
Resumen:
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación intentada por el representante judicial de la parte demandada, abogado JULIO CESAR SÁNCHEZ VILORIA en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 06 de marzo del 2008 emanada del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta, con fundamento en el ordinal 9 del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, relativa a la cosa juzgada. TERCERO: Se ordena remitir la presente causa al tribunal de origen a los fines de que continué en el estado de fijar el lapso para la contestación de la demanda. CUARTO: Se CONFIRMA el fallo apelado por estar.....
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
arriba

N° Expediente : KE01-X-2008-000155 N° Sentencia : KE01-X-2008-000155 Fecha: 03/06/2008
Procedimiento:
Amparo Cautelar
Partes:
JULIAN ANDRES FLORES MUJICA VS. UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA)
Resumen:
En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Amparo Cautelar solicitado por el ciudadano JULIAN ANDRES FLORES MUJICA, antes identificado, en contra de la UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO (UCLA).
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente : KE01-X-2008-000148 N° Sentencia : KE01-X-2008-000148 Fecha: 03/06/2008
Procedimiento:
Medida Cautelar
Partes:
FONDO UNICO PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO TRUJILLO (FUDET). VS FONDO DE COMERCIO PALMA IMPORT
Resumen:
IV Decisión En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la medida cautelar de embargo sobre los bienes muebles que se encuentre en posesión y que sean propiedad del fondo de comercio denominado PALMA IMPORT, por la cantidad de CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y SIETE BOLÍVARES FUERTES CON DIECISIETE CÉNTIMOS (BsF. 179.037,17), que es el doble de la cantidad demandada, más el 30% de costas, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por lo que si la medida recae en dinero efectivo el embargo solamente alcanzará la cantidad de OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES FUERTES CON CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS, (BsF 89.452,59), que es el monto de la obligación demandada más el 30% por conc.....
Juez/Ponente:
Freddy Josue Duque Ramirez
Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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