DECISION: Por todo lo expuesto, este Tribunal de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el Sobreseimiento Definitivo de la causa, por prescripción de la acción; que se sigue al otrora adolescente ( IDENTIDADES OMITIDAS), por la presunta comisión del delito Hurto Genérico, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal vigente para el momento de los hechos, ocurrido el día 20 de marzo del 2004, en perjuicio del ciudadano SANCHEZ RAMON DESIDERIO. Notifíquese a la victima y al Fiscal del Ministerio Público.
Regístrese y publíquese.
La Jueza de Control N° 2,
Abog. AURA OTTAMENDI La Secretaria,
Abog. YOSELYN AMARO.