este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA en razón de la cuantía, planteada por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara., en la demanda por motivo de ACCION REIVINDICATORIA, intentada por el ciudadano QUINTIN URBANO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.564.128, asistido por el abogado en ejercicio GUSTAVO MANUEL ESCALONA MELENDEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 275.152, contra la ciudadana LISBETH CAROLINA HERNANDEZ QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.423.997.