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DECISIÓN
Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BEJUMA, MONTALBÁN Y MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. PRIMERO: INCOMPETENTE por la materia para conocer de la presente pretensión incoada por la ciudadana DESIREE AMERICA REAL SEQUERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.454.964, asistida por el Abogado JOSE RUDAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 324.938, funcionario público adscrito al Programa Tribunal Móvil de la Escuela Nacional de la Magistratura del Tribunal Supremo de Justicia, conforme a lo establecido en el literal j del parágrafo Primero del artículo 177, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sancionada el 14 de agosto de 2007, publicada en la Gaceta Ofic.....