Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 105 del código penal, en relación con el artículo 496 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA la Extinción de la pena impuesta a NICOLÁS ANTONIO HERNÁNDEZ CRESPO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.627.726, nacido en fecha 31-12-1981, de 28 años de edad, de profesión u oficio Pescador, estado civil: Soltero, hijo de Nicolás Antonio Hernández y Paula Carmen Crespo, y domiciliado en la Urbanización la Salina, calle Nº 03, Casa Nº 04, Frente a la PTJ, de Playa Grande, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, a cumplir la pena de Tres (03) Años De Prisión, por la comisión del delito de Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Segundo y Último .....