Se dictó auto mediante el cual, este Juzgado de Sustanciación ordenó notificar a la ciudadana Fiscal General de la República, al ciudadano Procurador General de la República y al ciudadano Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), asímismo, se ordenó librar boleta al ciudadano Superintendente de la Actividad Aseguradora, a los fines de la continuación del curso de ley de a presente causa, en virtud de que la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo de fecha 03 de mayo de 2010, admitió el recurso.