D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN del De Cujus LUIS MIGUEL VENEGAS BORJAS, presentada por la ciudadana LISMARY DAYANA SANCHEZ NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.317.323, actuando en nombre propio y en representación de su hija, la niña IDENTIFICACIÓN OMITIDA POR LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de dos (02) años de edad, asistida por el Abogado José Gregorio Pacheco, en su condición de Defensor Público Segundo para el Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, i.....