este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional y administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por la Sociedad Mercantil ACCESORIOS Y MATERIALES ITALICA, C.A. Debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero, bajo el numero 05, tomo 69-A, en fecha 03/09/2010, representada por su apoderado judicial abogado, contra el abogado CARLOS ESPINOZA, en su condición de Juez del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.