Con fuerza a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos REINALDO RAMON MARCANO Y LELIS MILAGROS RIVAS FUENTES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-3.420.928 y V-3.136.932, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 25 de agosto de 1967, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 187, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las au.....