En consecuencia, se Admite dicha solicitud. A tal efecto se ordena notificar a la Fiscalía de Turno del Ministerio Público en Materia de Familia, anexándole copia certificada de la solicitud y de la documentación acompañada a la misma, según lo expresado en el artículo 131, ordinal 3° ejusdem, en concordancia con el artículo 42, ordinal 20° de Ley Orgánica del Ministerio Público. Asimismo se ordena oficiar al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para que informe sobre el movimiento migratorio y el último domicilio, de la ciudadana Maria Celeste de Andrade Fernandes, portadora de la cedula de identidad C.I- 81.230.415. Líbrese el correspondiente oficio.-