D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Desistida la demanda intentada por el ciudadano FREDY OVIDIO HENRIQUEZ SARABIA, representado por los Abg. DEISY MUÑOZ ORTEGA, MORELLA HERNANDEZ, YULIMAR BETANCOURT, DARWIN CHACIN Y ADRIANA VASQUEZ, en contra de la entidad de Trabajo RESGUARDO Y VIGILANCIA TOTAL C. A. HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO PRESENTADO.
SEGUNDO: Se exonera en costas a la parte demandante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, en Barquisimeto, a los cuatro (04) de abril de 2014. Años 203° de la Independencia y 155° de la Federación.
La Jueza,
Abg. Audrey Guédez Giménez.....