DISPOSITIVA
En mérito a las consideraciones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por la Abogada GLADYS CASTELLANOS, Defensora Pública Adscrita al Sistema Autónomo de Defensa Pública Penal, en su condición de defensora del acusado de autos. Segundo: Se ordena el CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad impuesta al mencionado acusado el 20 de junio de 1999, y relacionada con la presentación de cada ocho (08) días ante la Prefectura del Municipio Juan José Mora, motivo por el cual será juzgado en libertad plena Tercero: Ofíciese al Prefecto del Municipio Juan José Mora a los fines de comunicarle el cese de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad. Cuarto: N.....