esta Juez unipersonal N° 10 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Ordena La Reinserción de los niños (se omiten los nombres conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente), al hogar materno, y en consecuencia, se acuerda el egreso de los referidos niños, de la Casa Hogar "SOS Aldeas Infantiles de Venezuela", quedando entendido que la progenitora ejercerá la guarda de sus hijos, conforme lo dispone el artículo 358 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se ordena el seguimiento de la presente decisión por el lapso de seis (06) meses, para lo cual el equipo Multidisciplinario de este Circuito Judicial, deberá realizar el informe integral respectivo en el hogar de la madre de los niños de autos, ciudadana NAIDITH .....