PRIMERO: SIN LUGAR la Oposición a la Entrega Material intentada por los ciudadanos RUSBEL DURAN DURAN y CARMEN DURAN, venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio, contra la ciudadana MARIJANA COROMOTO PARRA CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.653.947, de este domicilio.
SEGUNDO: FIRME la Entrega Material del inmueble descrito en autos, realizada en fecha 14 de Junio de 2005, a favor de la solicitante MARIJANA COROMOTO PARRA CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-15.653.947, de este domicilio.
Por la naturaleza especial de este procedimiento no hay condenatoria en costas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación de las partes.