En fuerza de los argumentos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en ejercicio de la Potestad Jurisdiccional atribuida por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA la instancia en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN, intento el ciudadano CARLOS JULIO DUGARTE DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.844.910, Abogado en Ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.113, y domiciliado en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su carácter de Endosatario en procuración del ciudadano ALEXANDER JOSE FARIAS JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.712.761, de igual domicilio, contra el ciudadano ALFREDO A. BOSCAN, venezolano, mayor de edad, titu.....