II
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: UNICO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, ciudadana MARIANGELICA TORRES BLANCO, en contra de la decisión dictada en fecha 20 de noviembre de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante el cual se niega la medida preventiva innominada solicitada.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza del presente fallo.