Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano RICARDO ALFONSO CALVO TANCREDI, colombiano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. E-845.894, a los fines de garantizar su protección integral, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con lo pautado en el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente y de conformidad con lo establecido en las normas anteriormente mencionadas se designa al ciudadano ALFREDO CALVO TANCREDI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-12.005.916, TUTOR PROVISIONAL del ciudadano ALFREDO CALVO TANCREDI, antes identificado. En consecuencia, se ordena proceder a la apertura, organización.....