En el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Enely Aguilar Rodríguez, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil Alimentos Rofer, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 17 de diciembre de 2010, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, que declaró Con Lugar la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano OMAR JOSÉ GONZÁLEZ PÉREZ, contra la Sociedad Mercantil ALIMENTOS ROFER, C.A. Se dictó sentencia mediante la cual esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto; SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto; CONFIRMÓ la sentencia apelada.