DECISION
En fuerza de las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD para la ciudadana ANA YOLANDA VARGAS MIRANDA, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.443.174, por existir elementos de convicción que la hacen presumir como autora o participe del delito de EXTORSION EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 459 en concordancia con el artículo 80 Segundo Aparte del Código Penal Venezolano Vigente, en perjuicio de la ciudadana EIRA MARITZA LAMAS MÁRQUEZ; de conformidad con lo previsto en el artículo 256 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, esto es, Detención Domiciliaria en la Calle Juncal, cruce con la Calle Sucre, casa.....