Se revoca la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 24 de agosto de 2005 y declara inadmisible la pretensión de amparo constitucional intentada por los ciudadanos José Deluvino, Francisco Luis, José Duilio, Osbaldo, Lázaro de Jesús, Jesús Antonio, Irma del Carmen, José Ovidio, Mirian del Carmen Ramírez Araujo y María Honoria Osuna Ramírez, Bleidy Coromoto Osuna Ramírez y Danilo Ramírez Araujo, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-2.624.763, 4.059.076, 5.357.446, 4.663.479, 3.462.025, 1.407.022, 4.657.934, 2.266.981, 5.357.443, 12.349.631, 11.955.088 y 17.662.107, domiciliados en el Estado Trujillo, en contra de la ciudadana Elvia Rosa Valecillos Vásquez, venezolana, mayor de edad, domiciliada en el Estado Trujillo, en su condición de Registradora Subalterna del Municipio Urdaneta del Estado Trujillo. En consecuenc.....