este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, declara FIRME el decreto de intimación dictado en fecha 16-02-2007; y, acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se condena a la COOPERATIVA MIXTA NUEVA BIZKA MINERA II R.L., en la persona de JOSÉ CANDELARIO MOSQUEDA y los ciudadanos ALEIDA AREVALO, VICTORIANO CANDELO, JOSÉ ONOFRE MOSQUERA, JORGE CORDOVA, MARY SOL ROMERO e YDALIS JIMENEZ, a pagar al BANCO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE VENEZUELA BANDES, ambas partes identificadas al inicio de este fallo, las siguientes cantidades:
a) Bs. 485.803.808,92, equivalentes en virtud de la entrada en vigencia de la Ley de Reconversión Monetaria a Bs. 485.803,80, por co.....