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DISPOSITIVO
En fuerza de todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en nombre de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción de amparo Constitucional, ejercida por la ciudadana MARIA TERESA BRIONES DE JIMENEZ contra los ciudadanos MIGUEL ANGEL SEQUERA RIVERO y SULENNE RODRÍGUEZ ROJAS, ambas partes identificadas en el encabezado de la presente decisión.
SEGUNDO: Se le ordena a la parte accionada la desocupación del inmueble identificado constituido por una casa situada en El Cortijo de Sarria, frente a la Calle La Esperanza No. 10, Parroquia El Recreo, del Municipio Libertador de la ciudad de Caracas, poniendo en posesión del mismo a la ciudadana MARIA TERESA BRIONES DE JIMENEZ, antes identificada.
TERCERO: Se niega el pedim.....