En el presente asunto, esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: 1.- Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte recurrente y la representación judicial de la parte recurrida, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, el día 31 de mayo de 2011, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana CECILIA RODRÍGUEZ, contra la JUNTA LIQUIDADORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS; 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte querellada; 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte querellante; en consecuencia, 4.- Se REVOCA PARCIALMENTE el fallo apelado; en consecuencia, 5.- Se CONFIRMA PARCIALMENTE, la decisión apelada; por lo que se declara: 5.1.- IMPROCEDENTE la ampliación de las pólizas de Hospitalización, Cirugía y Maternidad.