D I S P O S I T I V A
Con base a los fundamentos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Se IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN a la aceptación por parte del ciudadano FRANCISCO JAVIER SALAS MONSALVE, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.872.606, asistido por el abogado en ejercicio, ELEAZAR OCTAVIO FLORES MARTÍNEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 260.015, con relación al contenido y la firma que suscribe el instrumento privado contentivo de una venta pura y simple e irrevocable a favor del ciudadano LUIS ALBERTO RINCONES SANTELIZ, un inmueble propiedad del ciudadano FRANCISCO JAVIER SALAS MONSALVE, antes identificados, la venta de una vivienda sobre un lote de terreno privado, ubicado en la Urb. La Guajira, vereda Nº 43, vivienda Nº 22 de la Ciud.....