Visto el DESISTIMIENTO suscrito por el abogado JESUS ALBERTO JIMENEZ PERAZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro: 6.356, en su condición de apoderado judicial de CENTRAL BANCO UNIVERSAL contra la firma mercantil ESTACION DE SERVICIOS SINAMAICA II, C.A., domiciliada Chivacoa Estado Yaracuy, en su condición de obligado principal y los ciudadanos RAFAEL ENRIQUE SULBARAN PAZ y DALIA RAMONA SANCHEZ DE SULBARAN, venezolanos, mayores de edad, domiciliados en Chivacoa, cédulas de identidad Nro. 9.556.806 y 9.382.851, respectivamente como avalistas y fiadores solidarios, juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO E INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS. El Tribunal le imparte su homologación. Téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Expídase copia certificada del presente auto. Devuélvanse los documentos originales y déjese copias certificadas en su lugar, una vez que las mismas sean consignadas por la parte actora. Archívese el expediente en su oportunidad.