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Decisiones del dia 06/06/2005 |
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N° Expediente :
KP02-Z-2004-003178
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: BEATRIZ MARÍA BARRIOS OVIEDO / DANNY ALEJANDRO CORREA QUINTERO |
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Art. 185-A del Código Civil y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos BEATRIZ MARIA BARRIOS OVIEDO y DANNY ALEJANDRO CORREA QUINTERO, por ante la Junta Parroquial José Gregorio Bastidas, Municipio Palavecino del Estado Lara, en fecha 06 de Noviembre de 1.998, bajo el Nro. 19, folio 33 y 34. del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.998. La Patria Potestad del hijo, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, y permanecerá bajo La Guarda de la madre.
Se fija la Obligación Alimentaría que el padre debe suministrar a su hijo en la cantidad OCHENTA MIL BOLIVARES (80.000,00 Bs.) MENSUALES, los cuales serán entregados directamente a la madre en dos cuotas quincenales. En cuanto a la salud, el padre tiene asegurado a su hijo, a través de una pól.....
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Juez/Ponente:
Erlinda Oropeza Torres
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
KP02-S-2005-004228
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: MARIELA MAIGUALIDA AGUILAR ACUERO / HOWAR DANILUIS RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ |
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Art. 185-A del Código Civil y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos MARIELA MAIGUALIDA AGUILAR ACURERO y HOWAR DANILUIS RODRIGUEZ RODRIGUEZ, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 05 de Noviembre de 1.992, bajo el Nro. 883, folio 199 Fte. del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.992. La Patria Potestad de la hija, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, y permanecerá bajo La Guarda de la madre.
Se fija la Obligación Alimentaría que el padre debe suministrar a su hija en la cantidad CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (160.000,00 Bs.) MENSUALES, los cuales serán depositados los 5 primeros días de cada mes en una cuenta corriente de Casa Propia, identificada con el N° 00801017.....
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Juez/Ponente:
Erlinda Oropeza Torres
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
KP02-Z-2005-000208
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: 185-A (Divorcio) |
Partes: FREDDY ANTONIO MEDINA RODRÍGUEZ / MORELLA ENDRINA TONA GONZÁLEZ |
Resumen:
Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de divorcio, fundamentada en el Art. 185-A del Código Civil y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos FREDDY ANTONIO MEDINA RODRIGUEZ y MORELLA ENDRINA TONA GONZALEZ, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 31 de Agosto de 1.995, bajo el Nro. 77, folio 78 Fte, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese Despacho durante el año 1.995. La Patria Potestad de los hijos, será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, y permanecerán bajo La Guarda de la madre.
Se fija la Obligación Alimentaría que el padre debe suministrar a sus hijos en la cantidad DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (240.000,00 Bs.) MENSUALES, que serán cancelados de forma semanal. Los gastos de médicos, medicinas, útiles, uniformes escolares, vestidos y calzados serán sufragados por.....
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Juez/Ponente:
Erlinda Oropeza Torres
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Organo:
Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente
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N° Expediente :
KP02-N-2003-000443
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N° Sentencia :
KP02-N-2003-000443
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: Querella Funcionarial (Prestaciones Sociales) |
Partes: QUERALES SERGIO MARCELO VS.ESTADO PORTUGUESA |
Resumen:
Se DECLARA INADMISIBLE LA ACCION POR COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por QUERALES SERGIO MARCELO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, provisto de la cédula de identidad N° 5.127.268, con domicilio procesal en la calle 6, manzana G, número 73, Urbanización Mendoza, Acarigua, Estado Portuguesa, en contra del ESTADO PORTUGUESA, por las razones arriba expuestas.
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Juez/Ponente:
Horacio Jesús González Hernandez
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Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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N° Expediente :
KP01-P-2005-007103
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N° Sentencia :
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: Protección A La Victima |
Partes: VÍCTIMA: YAJAIRA MENDOZA PUERTA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° 7.398.761 |
Resumen:
DISPOSITIVA:
Este Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a los fines de salvaguardar la integridad física de la víctima, ACUERDA MEDIDAS DE PROTECCION POLICIAL necesarias para el ciudadana YAJAIRA MENDOZA PUERTA y su familia, quien es mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.398.761 , domiciliados en: Barrio Atilio Rabiscili Avenida Principal, Sector 1, casa N° 88, Barquisimeto Estado Lara, por el lapso de tres meses, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia se ACUERDA oficiar a la Fiscalía Superior del Ministerio Público participando la Medida de Protección acordada y al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales a los fines de que se sirva impartir las instrucciones necesaria.....
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Juez/Ponente:
Magaly Esther Lopez
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Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia en Funciones de Control
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N° Expediente :
KP02-N-2003-000625
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N° Sentencia :
KP02-N-2003-000625
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Fecha: 06/06/2005 |
Procedimiento: Querella Funcionarial |
Partes: MARIO JOSE MELENDEZ RAMOS VS. CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO LARA. |
Resumen:
Se declara Parcialmente Con Lugar el recurso intentado por el ciudadano MARIO JOSE MELENDEZ RAMOS, antes identificado, en contra de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO LARA, a través de sus apoderados judiciales MARIA AUXILIADORA FRANCO EZEIZA y NERIO MORA ANDUEZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 31.970 y 14.692, respectivamente y de este domicilio. Se exhorto a la Contraloría General del Estado Lara, cancelar el monto de CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 5.179.300, 00), acordado por ellos, más la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 43.650,00), por concepto de cesta ticket.
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Juez/Ponente:
Horacio Jesús González Hernandez
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Organo:
Juzgado Superior Civil Contencioso Administrativo
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