UNICO: Con vista de los documentos públicos consignados tal como son los Justificativos de no poseer Partida de Nacimiento del Registro Principal, Jefaturas Civiles de la Parroquias Castañeda, Concepción y Catedral, Municipios Autónomos Torres e Iribarren del Estado Lara, copia de la cedula de identidad, Constancia Post-Morten, Acta de Defunción y edicto publicado en fecha 21-11-2008, queda comprobado que ciudadana MARIA DE LA LUZ LOBATON RODRIGUEZ, no tiene Partida de Nacimiento, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA la INSERCIÒN DE PARTIDA DE NACIMIENTO la ciudadana MARIA DE LA LUZ LOBATON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-3.876.010, de este domicilio, hija de los ciudadanos BLAS ANTONIO LOBATON (Difunto) y ANGELINA MARIA RODRIGUEZ DE LOBATON, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las cédulas de identidad Nros. 434.243 y 1.246.752, respecti.....