En fuerza de las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 29 de Marzo de 2.006 por el Abg. Henry Alberto Borges, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos EGLEE COROMOTO MORA DUARTE Y JESÚS ENRIQUE MORA DUARTE, contra la sentencia proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 20 de Febrero de 2.006, que declaró Sin Lugar la demanda incoada por los mencionados ciudadanos contra el ciudadano CESAR ROSELLON MARQUES. SEGUNDO: La CONFESION FICTA del ciudadano CESAR ROSELLON MARQUES, plenamente identificado en autos, de conformidad con lo previsto en el ar.....