V
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de lo contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por el abogado la abogada Karina Celeste Sabatino Pérez, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil PENINSULA MARINE OPERADORES COMPAÑÍA ANONIMA, contra los actos administrativos contenidos en las facturas N° 00000862 del 27 de abril de 2009, N° 00001433, N° 00001405 ambas del 19 de mayo de 2009, N° 00001458 del 20 de mayo de 2009 y N° 00001553 del 25 de mayo de 2009, todas emanadas de la COMISIÓN DE REVERSIÓN DEL PUERTO DE PUERTO CABELLO, para un total de bolívares fuertes diez mil ciento cuarenta y uno con cuarenta y seis céntimos (BsF. 10.141,56), por concepto de tasas de aguas protegidas, canal de acceso y muellaje.
2) NULAS y sin efecto legal alguno las facturas N° 00000862 del 27 de abril de 20.....