Auto mediante el cual se providenció el escrito presentado en fecha dos (02) de septiembre de 2010, contentivo de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por el abogado José Gregorio Baptista González, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Lionesse Real Estates Coporation., contra la Resolución N° 371.10 dictada por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), de fecha diecinueve (19) de julio de 2010, en la que se ordenó intervenir a la sociedad mercantil Delicatesses Cecil, C.A., por hallarse ésta vinculada con la sociedad mercantil Grupo Empresarial Tamanaco C.A. 04