Decisiones del dia 06/10/2011 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2010-004023  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0132011000181  
						  
						  Fecha: 06/10/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
 PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito en fecha 26 de Mayo de 2011, por la abogada en ejercicio MARIA TERESA FIGUERIA N., quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, ciudadano MANUEL DA SILVA NIETO,  identificado al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, la demandante no podrá volver a proponer la demanda antes de que transcurran noventa (90) días siguientes a la publicación del presente fallo.
TERCERO: Se condena en costas a la parte actora, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil.
CUARTO: Notifíquese a las partes, ello de conformidad co.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Juan Alberto Castro 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Decimo Septimo de Municipio 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2011-001977  
						  
						  N° Sentencia :
							
								PJ0102011000388  
						  
						  Fecha: 06/10/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
   Como se desprende de la doctrina precedentemente trascrita, a partir de entonces tres son los objetivos que pueden tutelarse mediante la acción mero declarativa, a saber: 
a)	declarar la existencia o no de un derecho subjetivo, 
b)	precisar la existencia y alcance de una relación jurídica; y 
c)	Constatar la existencia o no de una situación jurídica.
Así, evidencia quien decide, que para resolver esta controversia, el de la propiedad, sería mediante la pretensión reinvindicatoria, establecida en el artículo 578 del Código Civil Venezolano, pues es la vía que consagra el ordenamiento jurídico, en aras de proteger a los que se encuentren legítimamente en condición de propietarios, de la posesión precaria o ilegitima de sus bienes, por parte de terceros; por lo que mal puede hablarse de una pretensión  Mero Declarativa, toda vez que el articulo 16 del Código de Procedimiento Civil antes trascrito, establece taxativamente que, no es admisible la demanda de mera declaración cuando .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Nelson R. Gutiérrez Cornejo 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Decimo de Municipio