/ Se publicó y consignó resolución (reproducción escrita) declarándose: 1°) CONFESA a la parte demandada conforme a lo previsto en el mencionado art. 151 LOPTRA. 2°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano José A. Rodríguez C. contra la sociedad mercantil denominada "Grupo Nikei c.a.", ambas partes identificadas en los autos y se condena a ésta a pagar a aquél las cantidades y conceptos que serán especificados en el fallo escrito. No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes resultó totalmente vencida en esta contienda judicial. 3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive-, en que venza el lapso consagrado en el artículo 159 LOPTRA para la publicación del fallo en forma escrita.